OSC BENEFICIARIA ENFOQUE DE GÉNERO COMO FACTOR DE INCLUSIÓN EN LAS OSC: UNA PROP
- 12 ene 2017
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La búsqueda de la calidad de la democracia en el país, especialmente en tiempos en que existe una cierta efervescencia sobre la definición de sus contenidos y características, depende principalmente de los alcances y el crecimiento de la misma al interior de los grupos que persiguen mejorarla. Esa es una condición para que haya coherencia en la ejecución de las actividades de la sociedad civil.Esta premisa hay que entenderla al analizar que las instituciones son elementos clave en la construcción de la democracia, más importantes que un logo, o el financiamiento de los donantes; éstos son elementos contingentes que pueden cambiar y romperse. Lo que realmente es valedero hacia el futuro, es la capacidad de que los actores del denominado “tercer sector” velen para que sus instituciones se conviertan en espacios en los que los individuos se relacionen entre sí y con su cultura, de manera determinada.
En este sentido, las instituciones tienen que reformar sus prácticas basadas en los mismos paradigmas que quieren combatir. Es un ejercicio mínimo de coherencia entre los hechos y los actos que, de otra manera, se vuelven absolutamente ilegítimos frente a los colegas, las comunidades epistémicas, la academia, y los mismos beneficiarios de los servicios. El respeto y la garantía para el ejercicio de los derechos no es un discurso fácil, que se justifica en cualquiera de los documentos fundacionales de una organización, sino que deben traducirse en ciertas prácticas diarias, sobre todo cuando éstas deben incluir el enfoque de género.
Las acciones orientadas a mejorar la calidad de vida y el sentido de lo ético, como la implantación del paradigma de los derechos humanos, y en particular de buenas prácticas en materia de género, es una labor que genera no poca resistencia por parte de los propios miembros de las organizaciones. Es una consecuencia de tener que operar en un escenario en que debemos asumir las resistencias y limitaciones que generan muchas resistencias.
Frente a ello, hay una serie de recomendaciones que se deben analizarse para que los resultados de la transversalización de las cuestiones de género, pueden implementarse en escenarios futuros:
Sobre la existencia de conductas discriminatorias. Los estereotipos discriminatorios por género, opción sexual, etnia, edad o condición social deben ser analizados y decodificados para evitarlos. Toda pre-concepción sobre los atributos o características que deben poseer las personas, o sobre los roles que deberían ser ejecutados por hombres y mujeres, pueden provenir de asociar la subordinación de la mujer y la superioridad de los hombres a prácticas basadas en estereotipos de género, socialmente dominantes y socialmente persistentes. La instauración y generalización de estos estereotipos discriminatorios se convierte en una de las causas y consecuencias de la violencia de género, especialmente en contra de las mujeres, por lo que deben ser analizados, concientizados y evitados.
Respecto a la gestión interna. Se deben implantar políticas que eviten la impunidad en caso de prácticas discriminatorias en el trato, en el acceso al trabajo, o en cualquier otra situación que no se base en criterios de equidad basados en los méritos personales. Cualquier otra distinción en las organizaciones reproduce la violencia que se pretende atacar, sin perjuicio de que constituye en sí misma una discriminación en el acceso. Eso genera una sensación grave de arbitrariedad y envía el mensaje de que la violencia de género es tolerada, favorece su perpetuación y la aceptación social del fenómeno. Se debe mejorar los mecanismos de seguridad para que las organizaciones sean consideradas como espacios de respeto y de ejercicio de los derechos.
En relación a la política interna. Entender que el tratamiento de las dinámicas de género implica asumir que culturalmente invisibilizamos las situaciones en donde se mantienen discriminaciones. En consecuencia, cuando se encuentran situaciones de vulneración de derechos, que ataca a otra dimensión personal, que no tiene relación directa con la dignidad de las personas -por ejemplo los de índole patrimonial- las organizaciones deberán contar con otros mecanismos que permitan resolver adecuadamente estas situaciones, evitando las discriminaciones basadas en género.
Deben ejecutarse una serie de obligaciones permanentes dentro de las organizaciones en el plano de la promoción de su talento humano. Al respecto es necesario tener en cuenta la necesidad de organizar cursos permanentes de educación y capacitación en: i) derechos humanos y género; ii) transversalización del enfoque de género en todas las actuaciones de la organización, y iii) superación de estereotipos sobre el rol social de las mujeres.
Necesidad de mantener el enfoque de género como base de todas las decisiones. Para ello es necesario que en los espacios de toma de decisiones de las Organizaciones de la Sociedad Civil, se definan de manera específica y concreta, los factores de causalidad y las conexiones entre las cuestiones de género y los resultados de su acción. En caso contrario, se corre el riesgo de fundamentar la decisión en estereotipos discriminatorios de género.
En resumen, la actividad de las OSC, se puede resumir en los siguientes verbos rectores, que pueden ayudarnos a actuar proactivamente en la transversalización del enfoque de género en el futuro: orientar la tarea de la institución a adoptar las políticas necesarias, a fin de transversalizar el enfoque de género y mejorar permanentemente la calidad y ampliar la cobertura de acción; fortalecer los servicios, incorporar el talento humano; garantizar la disponibilidad y acceso a servicios que generen espacios seguros y eficaces en las instituciones; promover el desarrollo integral del personal en el tema; y finalmente garantizar las prácticas mediante el reconocimiento, respeto y promoción del uso de la valoración jurídica de hombres y mujeres como actores en el desarrollo.

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